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Renta 20266 min

Tu primera declaración de la renta: guía para menores de 25 (becas, prácticas, paro y alquiler)

Si es tu primera renta: si estás obligado, por qué te puede salir a devolver, cómo tributan becas, prácticas y paro, y cómo afecta a la declaración de tus padres.

Revisado por un abogado colegiado. Esta guía está pensada para orientarte y evitar errores comunes. No sustituye una revisión fiscal de tu caso concreto, sobre todo si hay autónomos, inversiones, alquileres o rentas extranjeras.

La primera renta suele llegar sin avisar: un contrato de verano, unas prácticas remuneradas o unos meses de paro. Muchas veces no estás obligado a declarar, pero presentar puede salirte a devolver. Y hay un detalle que conviene hablar en casa antes de presentar nada.

¿Estoy obligado a declarar?

SituaciónObligado a declarar si cobras más de
Un solo pagador22.000 euros brutos al año
Dos o más pagadores, y del segundo y siguientes más de 1.500 euros15.876 euros brutos al año
Solo rendimientos del capital (intereses, dividendos) con retención1.600 euros

El paro cuenta como un pagador más. Si has trabajado en una empresa y después has cobrado prestación del SEPE por más de 1.500 euros, el límite baja a 15.876 euros. Es el error más habitual en la primera renta.

Por qué te puede salir a devolver

Tu empresa te retiene IRPF en cada nómina calculando lo que ganarías en un año completo. Si solo has trabajado unos meses, es fácil que te hayan retenido de más. Aunque no estés obligado, presentar la declaración es la única forma de recuperar ese dinero.

Becas, prácticas y paro

  • Becas públicas para estudios reglados: están exentas con carácter general, dentro de los requisitos legales. No tributan.
  • Prácticas remuneradas: lo que cobras es rendimiento del trabajo, igual que una nómina.
  • Prestación por desempleo: tributa como rendimiento del trabajo y cuenta como pagador distinto.
  • Trabajos puntuales sin contrato: también hay que declararlos si estás obligado.

Lo que hay que hablar con tus padres

Si eres menor de 25 años y vives con tus padres, ellos pueden aplicar el mínimo por descendientes, que les reduce el impuesto. Pero lo pierden si tú tienes rentas anuales superiores a 8.000 euros o si presentas tu propia declaración con rentas superiores a 1.800 euros.

Haz las cuentas en familia

A veces tu devolución es menor que lo que tus padres dejan de ahorrar. Otras veces compensa claramente presentar. Merece la pena calcular las dos opciones antes de confirmar nada.

Si ya vives de alquiler

La deducción estatal por alquiler ya no existe para contratos nuevos, pero muchas comunidades autónomas tienen deducciones por alquiler de vivienda habitual para jóvenes, normalmente con límites de edad y de renta. Guarda el contrato y paga siempre por transferencia: es lo primero que piden.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que hacer la renta si solo he hecho prácticas?

Si no superas los límites de obligación, no. Pero si te han retenido IRPF en las prácticas, presentar puede salirte a devolver.

¿Cuánto cuesta que me la hagáis?

Si tienes menos de 25 años y una renta sencilla (nómina, prácticas, paro o primer alquiler), 9 euros con IVA incluido.

¿Necesito certificado digital?

No es imprescindible. Puedes usar Cl@ve o el número de referencia. Si nos encargas la declaración, te explicamos qué necesitamos en la llamada.

Fuentes consultadas

¿Prefieres que un abogado lo revise por ti?

Desde 29 €, un abogado colegiado revisa tu declaración, optimiza deducciones y la presenta ante la AEAT cuando tú la apruebas. Sin sorpresas.

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¿Te queda alguna duda?

Escríbenos y la vemos contigo, de persona a persona.

hola@rentasimple.es

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